Feb08

¿Qué es el Real ID y cuándo lo necesitará?

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A la oficina nos llegan muchas dudas y comentarios de los viajeros sobre el Real ID, un tema que ha estado bastante de moda en meses recientes y ha causado cierta confusión. ¿Qué es y de qué se trata? Aquí les aclaro dudas sobre este asunto tan importante.

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Lo primero que hay que saber es que el Real ID Act se pondrá en efecto el 1ro. de octubre de este año 2020, pero no es un asunto nuevo. De hecho, fue creado en el 2005, como una medida del gobierno federal de Estados Unidos para incrementar la seguridad nacional luego del atentado terrorista del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York.

Esta Acta requerirá que a partir de esa fecha, todo viajero que viaje entre Estados Unidos y no tenga pasaporte, lleve consigo mientras viaja una “Identificación Real”. Anteriormente estos pasajeros usaban la licencia de conducir y ahora tendrán que obtener ese “Real ID”, aunque tengan actualmente una licencia de conducir que no se haya vencido.

Es decir, que a partir de esa fecha, 1ro. de octubre de 2020, no se acepten las licencias de conducir que como identificación, y esto no solo será para viajar sino para entrar a facilidades federales, como la Corte o edificios militares.

La diferencia mayor con estas nuevas licencias que se usarán como “Real ID” es que tienen una estrella en la esquina derecha superior. Pero además cambiará la manera en que serán obtenidas, ya que todos los estados se regirán por las mismas reglas federales, que incluye que tendrán que ir en persona a obtenerla o renovarla la primera vez que se obtenga y mostrar una serie de documentos requeridos. Estos tienen que incluir el nombre completo de la persona, fecha de nacimiento y tarjeta de seguro social o documentos válidos que muestren su seguro social, como el comprobante de retención de la planilla (w2). Además se necesitará dos documentos que prueben la dirección y evidencia del estatus legal como residente de Estados Unidos.

¿Es obligado tener un “Real ID” antes del 1ro. de octubre? Es otra pregunta que nos hacen. No es obligado, pero no podrá viajar con su licencia como documento de identificación, porque la Administración de Seguridad en el Transporte, más conocida por sus siglas de TSA, no lo aprobará. Esto no es problema si usted tiene su pasaporte vigente y viaja con él, ya que ese es el documento oficial de viaje o si no es residente de Estados Unidos, puede mostrar su tarjeta de residencia permanente. Igualmente si tiene otra documentación oficial del gobierno federal, también será aceptado como identificación como anteriormente se hacía.

Los menores de 18 años no necesitarán tener su “Real ID”, pero para viajar sí deberán ir acompañados por un adulto que sí lo tenga.

El pasaporte sigue siendo la opción más recomendada para los viajeros. Los invito a obtenerlo porque para viajar fuera de Estados Unidos siempre lo necesitará, además de necesitarlo para todos aquellos cruceros que visiten puertos fuera de Estados Unidos en países que lo requieran, o empiecen en un puerto norteamericano y terminen en otro aunque sea de Estados Unidos, es decir que no son cruceros conocidos como “Close Loop”. Lo ideal es hacer el trámite completo con tiempo, aunque no tenga viaje planificado de inmediato, porque así está listo para usarlo en el momento en que se le presente su oportunidad de viajar.

Consúltanos para cualquier pregunta de viajes, estamos aquí para orientarte.

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